ATENCION !!! Requisitos para tramitar la jubilación anticipada en ANSES – Antonio Araque

En Identidad Play  te dejamos los requisitos para tramitar la jubilación anticipada en ANSES

La ANSES toma en cuenta los años de trabajo con aportes y la edad de las personas interesadas. Requisitos para acceder a la jubilación anticipada

Si bien a la hora de tramitar la jubilación, la Administración Nacional de Seguridad Social de la Nación (ANSES) toma en cuenta los años de trabajo con aportes y la edad de las personas interesadas, existen actividades que pueden acceder a una jubilación anticipada a los 55 años en Argentina.

El sistema previsional argentino tiene regímenes especiales lo que permite acceder a la jubilación anticipada. Aunque en realidad, tienen que ver con tareas especiales o insalubres que se jubilan a menores edades porque tienen menores expectativas de vida.

El trabajo riesgoso o insalubre es aquel que se realiza en lugares donde las condiciones, la modalidad o la naturaleza del trabajo afectan a la salud. Las personas que hayan trabajado en estas condiciones tienen requisitos diferentes para acceder a la jubilación, según la actividad realizada.

Algunas de las actividades que pueden acceder a una jubilación anticipada a los 55 años en Argentina, son:

Personal embarcado, Ferroviarios, Mineros, Gráficos, Metalúrgicos, Personal de Seguridad, de la Antártida Argentina, de Transporte de Carga, Petrolíferos y Recolectores de Residuos, entre otros.

 

Jubilación anticipada: trabajo riesgoso o insalubre

Se lo califica como trabajo riesgoso o insalubre porque se realiza en lugares donde las condiciones, la modalidad o la naturaleza del trabajo afectan a la salud.

Las personas que hayan trabajado en estas condiciones tienen requisitos diferentes para acceder a la jubilación, según la actividad realizada. En estos casos, hablamos de la jubilación anticipada.

Si durante su vida laboral una persona trabajó por un tiempo en actividades de servicios comunes y otro en actividades riesgosas o insalubres, se tomarán en cuenta los requisitos de ambas para calcular la edad jubilatoria y la cantidad de aportes necesarios, para su situación en particular.

Estamos ante el caso de la jubilación anticipada y a continuación te explicaremos cómo es rubro por rubro y la ley que los protege.

Ambientes insalubres

  • Lugares o ambientes que hayan sido declarados insalubres por autoridad nacional competente. Decreto 4257/68 Art. 1°, Decreto 121/77 Art. 2°.

              Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años.

              Servicios: 30 años.

  • Antártida e Islas del Atlántico Sur

              Personas que hayan trabajado en la Antártida e Islas del Atlántico Sur. Decreto 4257/68 – Art. 4°

              Edad: Hombres y mujeres, 55 años.

              Servicios: 30 años.

  • Personal embarcado

Estibadores portuarios, capataces y guincheros

  • Ferroviarios

Personas que hayan realizado tareas de maquinista o su equivalente, foguista o equivalente, cambista o    capataz de cambista, aspirante de conducción o señaleros ferroviarios.

              Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años.

              Servicio: 30 años.

  • Gráficos

Tipógrafos y linotipista, bajo relación de dependencia.

             Edad: Hombres, 55 años.

             Servicios: 30 años.

  • Hiladores y dofeadores del rayón

Personas que se desempeñaron en tareas de hilado y dofeo del rayón. Decreto 1851/75

              Edad: Hombres y Mujeres, 50 años.

              Servicios: Hombres, 25 años. Mujeres, 30 años.

  • Metalúrgicos

Personal expuesto a la radiación del calor afectado a procesos de producción en tareas de laminación, acería y fundición realizadas en forma manual o semimanual desarrolladas en ambientes de alta temperatura.

             Edad: Hombres, 50 años.

             Servicios: 25 años.

  • Mineros

Tareas mineras a cielo abierto. Personal realizando labores de obtención directa de productos mineros.

             Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años.

              Servicios: 30 años.

  • Tareas mineras subterráneas

              Edad: Hombres, 50 años.

              Servicios: 25 años.

  • Tareas de forja y fragua

               Edad: Hombres, 50 años.

               Servicios: 25 años.

  • Personal de la industria cárnica

Personas que se hayan desempeñado en:

Matanza y faenamiento de reses.

El procesamiento de la carne y derivados de la res.

El control veterinario y en el tratamiento y destrucción de animales enfermos.

Salas de máquina donde se superen los 85 decibeles y cuando no hubiere protección auditiva, o los 115    decibeles cuando la hubiere.

Tareas de mantenimiento, supervisión, administración y limpieza cuando se presten directa y permanentemente en los sectores donde se realizan los trabajos mencionados anteriormente.

              Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 50 años.

              Servicios: 30 años y 27 años

  • Personal de Salud

Para personas que hayan realizado tareas de contacto directo con los pacientes de leproserías, salas o servicios de enfermedades infecto – contagiosas, hospitales de alienados o establecimientos de asistencia de diferenciados mentales.

Personas que hayan trabajado en Sanatorios y Hospitales en tareas de radioscopía.

              Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años.

              Servicios: 30 años

  • Personal de seguridad operativa industrial

Con función permanente en plantas de elaboración o fraccionamiento de combustibles líquidos de primer grado.

              Edad: Hombres, 55 años.

              Servicios: 30 años.

  • Personal de servicios eléctricos

Que hayan realizado tareas en:

Balancines, silletas, escaleras a viento o soga a nudo u otro sistema que demande la colocación de esos elementos y se efectúe a más de 4 mts. de altura, vacío o profundidad.

En celdas y barras de alta tensión o instalaciones no protegidas.

En trabajos con tensión o postes.

En constatación de medidores registradores, cambio y revisión de los mismos en domicilio del usuario.

En lugares donde se supere los 85 decibeles cuando hubiere protección.

Cuando realice trabajo de mantenimiento, supervisión y de limpieza en forma directa y permanente en los lugares en las que se efectuaren las tareas anteriormente mencionadas.

Requisitos

              Edad: Hombres, 55 años.

              Servicios: 30 años.

  • Personal de transporte de carga

             Edad: Hombres, 55 años.

              Servicios: 25 años.

  • Personal del Teatro Colón

Ballet estable y contratado en el Teatro Colón – Ordenanza 29604

              Edad: Hombres y mujeres, 40 años.

              Servicios: 20 años

  • Cantantes líricos del Teatro ColónOrdenanza 29605

                Edad: Hombres, 65 años. Mujeres, 60 años.

                Servicios: Hombres, 25 años. Mujeres, 20 años.

  • Petrolíferos y gasíferos

Personal que se haya desempeñado en la exploración petrolífera y gasífera llevado a cabo en campaña y en boca de pozo, a la perforación, terminación, mantenimiento y reparación de pozos.

             Edad: Hombres, 50 años.

             Servicios: 25 años.

  • Recolectores de residuos

Personal afectado a la recolección de residuos. Incluye recolectores de la Administración General de Puertos.

             Edad: Hombres, 55 años.

            Servicios: 25 años.

  • Telefónicos

Operadores, telefonistas, operadores de reclamos, operadores de guía y supervisores.

              Edad: Mujeres, 50 años.

             Servicios: 25 años.

  • Telégrafos y radiotelégrafos

Operadores afectados al sistema telegráfico Morse o similares y de teletipo con un mínimo 1.500 palabras por jornada de trabajo.

              Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 50 años.

              Servicios: Hombres, 30 años. Mujeres, 25 años.

  • Transportistas

Conductores de ómnibus o vehículos de transporte colectivo de personas pertenecientes a líneas urbanas, interurbanas o de larga distancia.

              Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años.

              Servicio: 30 años.

  • Vidrieros

Personas que se hayan desempeñado en la fabricación y composición de vidrio. Decreto 3176/71.

              Edad: Hombres, 50 años.

              Servicios: 25 años.

Si una persona durante su vida laboral trabajó por un tiempo en actividades de servicios comunes y otro en actividades especiales, riesgosas o insalubres, se tomarán en cuenta los requisitos de cada una para calcular la edad jubilatoria y la cantidad de aportes necesarios para su situación en particular.

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