En Identidad Play te dejamos los requisitos para tramitar la jubilación anticipada en ANSES
La ANSES toma en cuenta los años de trabajo con aportes y la edad de las personas interesadas. Requisitos para acceder a la jubilación anticipada
Si bien a la hora de tramitar la jubilación, la Administración Nacional de Seguridad Social de la Nación (ANSES) toma en cuenta los años de trabajo con aportes y la edad de las personas interesadas, existen actividades que pueden acceder a una jubilación anticipada a los 55 años en Argentina.
El sistema previsional argentino tiene regímenes especiales lo que permite acceder a la jubilación anticipada. Aunque en realidad, tienen que ver con tareas especiales o insalubres que se jubilan a menores edades porque tienen menores expectativas de vida.
El trabajo riesgoso o insalubre es aquel que se realiza en lugares donde las condiciones, la modalidad o la naturaleza del trabajo afectan a la salud. Las personas que hayan trabajado en estas condiciones tienen requisitos diferentes para acceder a la jubilación, según la actividad realizada.
Algunas de las actividades que pueden acceder a una jubilación anticipada a los 55 años en Argentina, son:
Personal embarcado, Ferroviarios, Mineros, Gráficos, Metalúrgicos, Personal de Seguridad, de la Antártida Argentina, de Transporte de Carga, Petrolíferos y Recolectores de Residuos, entre otros.
Jubilación anticipada: trabajo riesgoso o insalubre
Se lo califica como trabajo riesgoso o insalubre porque se realiza en lugares donde las condiciones, la modalidad o la naturaleza del trabajo afectan a la salud.
Las personas que hayan trabajado en estas condiciones tienen requisitos diferentes para acceder a la jubilación, según la actividad realizada. En estos casos, hablamos de la jubilación anticipada.
Si durante su vida laboral una persona trabajó por un tiempo en actividades de servicios comunes y otro en actividades riesgosas o insalubres, se tomarán en cuenta los requisitos de ambas para calcular la edad jubilatoria y la cantidad de aportes necesarios, para su situación en particular.
Estamos ante el caso de la jubilación anticipada y a continuación te explicaremos cómo es rubro por rubro y la ley que los protege.
Ambientes insalubres
- Lugares o ambientes que hayan sido declarados insalubres por autoridad nacional competente. Decreto 4257/68 Art. 1°, Decreto 121/77 Art. 2°.
Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años.
Servicios: 30 años.
- Antártida e Islas del Atlántico Sur
Personas que hayan trabajado en la Antártida e Islas del Atlántico Sur. Decreto 4257/68 – Art. 4°
Edad: Hombres y mujeres, 55 años.
Servicios: 30 años.
- Personal embarcado
Estibadores portuarios, capataces y guincheros
- Ferroviarios
Personas que hayan realizado tareas de maquinista o su equivalente, foguista o equivalente, cambista o capataz de cambista, aspirante de conducción o señaleros ferroviarios.
Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años.
Servicio: 30 años.
- Gráficos
Tipógrafos y linotipista, bajo relación de dependencia.
Edad: Hombres, 55 años.
Servicios: 30 años.
- Hiladores y dofeadores del rayón
Personas que se desempeñaron en tareas de hilado y dofeo del rayón. Decreto 1851/75
Edad: Hombres y Mujeres, 50 años.
Servicios: Hombres, 25 años. Mujeres, 30 años.
- Metalúrgicos
Personal expuesto a la radiación del calor afectado a procesos de producción en tareas de laminación, acería y fundición realizadas en forma manual o semimanual desarrolladas en ambientes de alta temperatura.
Edad: Hombres, 50 años.
Servicios: 25 años.
- Mineros
Tareas mineras a cielo abierto. Personal realizando labores de obtención directa de productos mineros.
Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años.
Servicios: 30 años.
- Tareas mineras subterráneas
Edad: Hombres, 50 años.
Servicios: 25 años.
- Tareas de forja y fragua
Edad: Hombres, 50 años.
Servicios: 25 años.
- Personal de la industria cárnica
Personas que se hayan desempeñado en:
Matanza y faenamiento de reses.
El procesamiento de la carne y derivados de la res.
El control veterinario y en el tratamiento y destrucción de animales enfermos.
Salas de máquina donde se superen los 85 decibeles y cuando no hubiere protección auditiva, o los 115 decibeles cuando la hubiere.
Tareas de mantenimiento, supervisión, administración y limpieza cuando se presten directa y permanentemente en los sectores donde se realizan los trabajos mencionados anteriormente.
Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 50 años.
Servicios: 30 años y 27 años
- Personal de Salud
Para personas que hayan realizado tareas de contacto directo con los pacientes de leproserías, salas o servicios de enfermedades infecto – contagiosas, hospitales de alienados o establecimientos de asistencia de diferenciados mentales.
Personas que hayan trabajado en Sanatorios y Hospitales en tareas de radioscopía.
Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años.
Servicios: 30 años
- Personal de seguridad operativa industrial
Con función permanente en plantas de elaboración o fraccionamiento de combustibles líquidos de primer grado.
Edad: Hombres, 55 años.
Servicios: 30 años.
- Personal de servicios eléctricos
Que hayan realizado tareas en:
Balancines, silletas, escaleras a viento o soga a nudo u otro sistema que demande la colocación de esos elementos y se efectúe a más de 4 mts. de altura, vacío o profundidad.
En celdas y barras de alta tensión o instalaciones no protegidas.
En trabajos con tensión o postes.
En constatación de medidores registradores, cambio y revisión de los mismos en domicilio del usuario.
En lugares donde se supere los 85 decibeles cuando hubiere protección.
Cuando realice trabajo de mantenimiento, supervisión y de limpieza en forma directa y permanente en los lugares en las que se efectuaren las tareas anteriormente mencionadas.
Requisitos
Edad: Hombres, 55 años.
Servicios: 30 años.
- Personal de transporte de carga
Edad: Hombres, 55 años.
Servicios: 25 años.
- Personal del Teatro Colón
Ballet estable y contratado en el Teatro Colón – Ordenanza 29604
Edad: Hombres y mujeres, 40 años.
Servicios: 20 años
- Cantantes líricos del Teatro Colón – Ordenanza 29605
Edad: Hombres, 65 años. Mujeres, 60 años.
Servicios: Hombres, 25 años. Mujeres, 20 años.
- Petrolíferos y gasíferos
Personal que se haya desempeñado en la exploración petrolífera y gasífera llevado a cabo en campaña y en boca de pozo, a la perforación, terminación, mantenimiento y reparación de pozos.
Edad: Hombres, 50 años.
Servicios: 25 años.
- Recolectores de residuos
Personal afectado a la recolección de residuos. Incluye recolectores de la Administración General de Puertos.
Edad: Hombres, 55 años.
Servicios: 25 años.
- Telefónicos
Operadores, telefonistas, operadores de reclamos, operadores de guía y supervisores.
Edad: Mujeres, 50 años.
Servicios: 25 años.
- Telégrafos y radiotelégrafos
Operadores afectados al sistema telegráfico Morse o similares y de teletipo con un mínimo 1.500 palabras por jornada de trabajo.
Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 50 años.
Servicios: Hombres, 30 años. Mujeres, 25 años.
- Transportistas
Conductores de ómnibus o vehículos de transporte colectivo de personas pertenecientes a líneas urbanas, interurbanas o de larga distancia.
Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años.
Servicio: 30 años.
- Vidrieros
Personas que se hayan desempeñado en la fabricación y composición de vidrio. Decreto 3176/71.
Edad: Hombres, 50 años.
Servicios: 25 años.
Si una persona durante su vida laboral trabajó por un tiempo en actividades de servicios comunes y otro en actividades especiales, riesgosas o insalubres, se tomarán en cuenta los requisitos de cada una para calcular la edad jubilatoria y la cantidad de aportes necesarios para su situación en particular.